Comercios admitidos en la campaña:

  • 651.1 Comercio menor productos textiles, artículos tapicería
  • 651.2 Comercio menor prendas vestido y tocado
  • 651.3 Comercio menor lencería y corsetería
  • 651.4 Comercio menor mercería y paquetería
  • 651.5 Comercio menor prendas especiales
  • 651.6 Comercio menor calzado, artículos de piel, artículos de viajes
  • 651.7 Comercio menor confecciones de peletería
  • 652.2 Comercio menor productos droguería, perfumería
  • 652.3 Comercio menor productos perfumería, cosmética
  • 653.4 Comercio menor plantas, hierbas, herbolarios
  • 653.1 Comercio menor muebles (exc.de oficina)
  • 653.2 Comercio menor aparatos eléctricos de uso doméstico
  • 653.3 Comercio menor artículos menaje, ferretería, etc.
  • 653.6 Comercio menor artículos de bricolaje
  • 653.9 Comercio menor otros artículos de hogar ncop.
  • 656 Comercio menor bienes usados: muebles, etc.
  • 657 Comercio menor instrumentos musicales, accesorios
  • 659.1 Comercio menor sellos, monedas, fósiles etc.
  • 659.2 Comercio menor, muebles, equipos de cocina
  • 659.3 Comercio menor instrumentos médicos, ópticos
  • 659.4 Comercio menor libros, artículos papelería, etc.
  • 659.5 Comercio menor artículos joyería, relojería
  • 659.6 Comercio menor juguetes, artículos de deporte
  • 659.8 Comercio menor «SEX-SHOP»
  • 9631 Exhibición de películas de cine y vídeo
  • Como excepción, se incluirán establecimientos de comercio menor de alimentación con superficie inferior a 120 m2, en los municipios de menos de 200.000 habitantes.

 

Quedan excluidos en comercio:

  • Comercio Mayor
  • Recuperación de productos
  • Intermediarios de comercio
  • Comercio menor productos alimenticios
  • Farmacias
  • Materiales de construcción
  • Puertas y ventanas
  • Artículos Hogar Ncop
  • Vehículos
  • Combustible
  • Semillas
  • Comercio Mixto

 

Hostelería admitidos en la campaña:

  • 671. Servicios de alimentación en restaurantes
  • 672. Servicios de alimentación en cafeterías
  • 673. Servicios de alimentación en cafeterías, bares, con y sin comida
  • 674.6. Cafeterías y bares en teatros y cines
  • 675. Cafés – bares en quioscos, cajones, barracas
  • 676. Chocolaterías, heladerías y horchaterías
  • 677.9 Otros servicios de alimentación y restauración

 

Quedan excluidos en hostelería:

  • Café-bar en vehículos
  • Café-bar en ferrocarriles
  • Café-bar en sociedades, casinos, clubes
  • Servicios en parques o recintos feriales
  • Hostelería y restauración sin establecimiento
  • Servicios de hospedaje
  •